Última actualización 14 de diciembre de 2023
¿Qué es un Contrato de Trabajo?
Un Contrato de Trabajo describe los derechos, responsabilidades y obligaciones que tienen tanto un empresario como un trabajador durante el tiempo que dura el contrato de trabajo.
Un contrato de trabajo puede ser de carácter indefinido o temporal. A su vez, éstos pueden ser de jornada completa o parcial. En el caso de que se necesite de un trabajador de forma intermitente o repetitiva, pero de manera regular en el tiempo según las necesidades de la empresa, deberá utilizar el Contrato de Trabajo Fijo Discontinuo.
Nuestra plantilla de Contrato de Trabajo también puede ser utilizado para Contratos Formativos (Formación en Alternancia o para la Obtención de la Práctica Profesional).
Un contrato de trabajo también se conoce como:
- Contrato de trabajo (indefinido/temporal)
- Contrato de trabajo por tiempo indeterminado
- Contrato de trabajo de duración indefinida
- Contrato de trabajo en centros móviles o itinerantes
- Contrato de trabajo a distancia
- Contrato de empleo
- Contrato laboral
Tras la reforma laboral del 2022, el contrato laboral por obra desaparece. Si lo que busca ahora es contratar un proveedor autónomo de forma mercantil (no laboral) para la ejecución de una obra o servicio utilice nuestro Contrato de Obra y Servicios.
¿Es obligatorio hacer un Contrato de Trabajo?
Aunque es buena práctica documentar por escrito los contratos laborales para garantizar seguridad, según el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), esta práctica solo es obligatoria para ciertos tipos de contratos.
Entre los tipos de contratos en donde sí que es obligatorio que consten por escrito, podemos encontrar:
- Contratos formativos para la adquisición de la práctica profesional y formación en alternancia
- Contratos a tiempo parcial, fijo discontinuos y de relevo
- Contratos de trabajos a distancia
- Contratos por tiempo determinado que duren más de cuatro semanas
- Trabajadores en España que trabajan para empresas españolas que operan en el extranjero
- Contrato de los pescadores
De no observarse esta exigencia y no se formaliza el contrato por escrito, se presume que es un contrato indefinido y a jornada completa.
En situaciones en las que el contrato se haya pactado de manera verbal, tanto el trabajador como el empleador tienen el derecho de solicitar que se redacte de forma escrita en cualquier punto durante la relación laboral.
¿Cuáles son los diferentes tipos de Contratos de Trabajo?
Tras la reforma laboral del 2022, según la Guía de Contratos de Trabajo publicada por el SEPE, se pueden distinguir cuatro tipos de Contrato de Trabajo:
- Contrato Indefinido
- Contrato Fijo Discontinuo
- Contrato Temporal
- Contrato Formación en Alternancia (antes Contrato para la formación y aprendizaje)
- Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional (antes Contrato en prácticas)
Contrato de Trabajo Indefinido
El Contrato de Trabajo Indefinido es aquel que establece una relación de trabajo en la que no hay plazo de duración o fecha fin de la relación laboral. Por lo tanto, dura hasta que el empleado o el empleador deciden terminarlo, o cuando se da alguna de las causas de resolución establecidas en la ley aplicable o en el contrato suscrito entre las partes.
El Contrato de Trabajo Indefinido puede ser a tiempo completo o a tiempo parcial. Este tipo de contrato es el que se debería usar siempre que sea posible, ya que la normativa laboral española intenta limitar el uso de los contratos temporales.
En el caso de terminación de un contrato indefinido, dependiendo de la causa, el trabajador puede tener derecho a una indemnización por despido.
Tome en cuenta que una vez firmado y celebrado el contrato de trabajo indefinido deberá comunicarse al SEPE en el plazo de los 10 días siguientes a la celebración.
Contrato de Trabajo Fijo Discontinuo
El Contrato Fijo Discontinuo es un tipo de contrato de trabajo indefinido pensado para aquellos trabajos que se desarrollan de forma intermitente pero regulares.
La reforma laboral del 2022 introdujo el llamado "contrato fijo discontinuo". Según el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores, este tipo de contrato se concertará para la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.
Por ejemplo, un resort de esquí necesita trabajadores todos los años, pero solo durante los meses de invierno. Cuando acabe la temporada, el contrato se pone en pausa; es decir, no se termina. El trabajador tiene la garantía de volver a su trabajo el invierno próximo.
Es importante recordar que este contrato es fijo y no temporal, por lo que no tiene fecha de finalización. Sin embargo, habrá momentos en el año en los que el empleado no trabaje ni reciba salario. A pesar de esto, el empleado sigue siendo parte de la plantilla fija de la empresa, que está obligada a reincorporarlo cuando vuelva a necesitar su trabajo.
Contrato de Trabajo Temporal
El Contrato de trabajo temporal es aquel que establece una relación laboral por una duración determinada. En este contrato, la duración del contrato está escrita explícitamente en el contrato y debe señalar claramente las actividades y tareas que va a prestar el trabajador.
La empresa deberá justificar la causa del contrato temporal, las circunstancias que lo justifican y su conexión con la duración prevista. El contrato de trabajo temporal puede ser a tiempo completo o parcial.
Desde el 30 de marzo del 2022, tras la entrada en vigor de las disposiciones normativas contractuales de la reforma laboral, solo hay dos tipos de contratos de trabajo temporales:
- Contrato temporal por circunstancias de la producción: Cuando lo exija la naturaleza del trabajo. Se pueden dar para atender a dos tipos de situaciones en la empresa: previsibles e imprevisibles.
- El contrato temporal por circunstancias de la producción previsible se da para cubrir situaciones ocasionales, de duración reducida y delimitada y cuando se anticipa una mayor demanda. Por ejemplo, se necesita un mayor número de trabajadores temporales en temporada navideña o temporada alta.
- El contrato temporal por circunstancias de la producción contrato imprevisible se da cuando en circunstancias normales de la empresa, ésta recibe un incremento ocasional e imprevisible y necesita contratar a mayor personal. Por ejemplo. cuando se recibe un pedido tan grande que sin contratar ese personal extra no lo podrías atender.
- Contrato temporal de interinidad o de sustitución: Cuando debe sustituir de manera temporal a otro trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo y que se encuentra fuera de su puesto provisoriamente. Por ejemplo, cuando se contrata al trabajador para reemplazar a otro trabajador que cumple un periodo de incapacidad laboral o está de baja médica.
Una vez formalizado el contrato, la empresa tiene un plazo de 10 días para comunicar al SEPE la contratación.
El Contrato Formación en Alternancia es una modalidad de contratos formativos que tiene como principal objetivo que un trabajador que carece de formación académica alterne y compatibilice un proceso formativo con una actividad laboral retribuida, permitiéndole aprender un oficio, recibir formación y adquirir experiencia laboral en un mismo periodo de tiempo.
El trabajador no debe disponer de cualificación profesional relacionada con el puesto de trabajo que va a realizar.
El Contrato Formación en Alternancia tiene una duración prevista de un mínimo de tres meses y un máximo de dos años según el plan o programa formativo correspondiente.
Una vez formalizado el contrato, la empresa tiene un plazo de 10 días para comunicar al SEPE la contratación.
El Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional es un acuerdo profesional que tiene como objetivo otorgar práctica profesional a un trabajador de acuerdo con su nivel de estudios, el cual le permitirá adquirir las habilidades y capacidades para mejorar su perfil profesional.
Tras la reforma laboral del 2022, el contrato pasó a denominarse Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional (antes Contrato en Prácticas). Para poder contratar a un candadito bajo esta modalidad, el candidato debe cumplir los siguientes requisitos:
- Tener un título universitario, o de un título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, así como con quienes posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral.
- No hayan transcurrido más de tres años, o cinco años si el trabajador tiene discapacidad, desde la finalización de los estudios.
- No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la empresa por un tiempo superior a tres meses, sin que se computen a estos efectos los periodos de formación o prácticas que formen parte del currículo exigido para la obtención de la titulación o certificado que habilita esta contratación.
- No haber trabajado con contrato de prácticas durante un año, en cualquier empresa.
La duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de un año. Dentro de estos límites, los Convenios Colectivos de ámbito sectorial estatal o autonómico, o en su defecto, los convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior podrán determinar la duración del contrato.
El contrato de trabajo en prácticas puede ser a jornada completa o a tiempo parcial. Una vez formalizado el contrato, la empresa tiene un plazo de 10 días para comunicar al SEPE la contratación.
A la terminación del contrato, el empresario deberá expedir al trabajador un certificado de la práctica realizada, con la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo ocupados y las principales tareas realizadas en cada uno de ellos.
¿Puedo utilizar este contrato para contratar una empleada del hogar?
Sí, usted puede utilizar este Contrato de Trabajo para contratar a una empleada del hogar. Para ello, deberá especificar que el ámbito de la contratación es de carácter personal y no relacionada a su actividad o negocio.
Las contrataciones laborales en el ámbito o esfera personal hacen referencia a aquellas que tiene lugar entre una persona natural, la cual contrata a otra persona (el trabajador) para que desempeñe tareas dentro del ámbito doméstico, como limpieza, cuidado de niños, jardinería, etc.
Por ejemplo: María, madre de dos hijos, contrata laboralmente a Carla para que cuide de sus dos hijos.
¿Puedo utilizar este contrato para contratar a un menor de edad?
Sí, puede utilizar este Contrato de Trabajo de LawDepot para la contratación de una persona menor de edad.
El Estatuto de los Trabajadores sí que permite contratar menores de edad, pero ello conlleva una serie de restricciones y obligaciones al respecto, entre las que podemos encontrar:
- Salud: Se prohíbe la intervención de menores de dieciséis años en espectáculos públicos. Además, se prohíben determinados trabajos a menores de dieciocho años, especialmente aquellos que puedan poner en riesgo su salud o integridad física.
- Seguridad e higiene en el trabajo: Los menores de edad tienen derecho a un ambiente de trabajo seguro y saludable. Los empleadores deben observar todas las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, y proporcionar formación adecuada a los trabajadores menores de edad sobre estas medidas.
- Trabajo de los menores: El Estatuto de los Trabajadores establece normas específicas para el trabajo de los menores, incluyendo restricciones sobre las horas de trabajo y las condiciones laborales.
- Formación profesional: Los trabajadores menores de edad tienen derecho a la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo. Esta formación corre a cargo de la empresa y el tiempo destinado a la formación se considera en todo caso tiempo de trabajo efectivo.
- Promoción profesional: Los trabajadores menores de edad tienen derecho a la promoción profesional, incluyendo el derecho a asistir a cursos de formación profesional y a obtener permisos para la formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.
Debe tener en cuenta de que esto es una mera lista y no incluye todas las obligaciones que lo anterior conlleva. En caso de duda, debe ponerse en contacto con un abogado especializado en la materia.
¿Cómo hacer un Contrato de Trabajo?
Nuestra plantilla de Contrato de Trabajo de LawDepot le permite hacer su contrato totalmente personalizado. Solo necesita seguir estos simples pasos:
- Elija el tipo de contrato: Indefinido, temporal, fijo discontinuo o un contrato formativo.
- Incluya información del empleador: Si es una persona física, incluya nombre, apellidos y otros datos identificativos. Si es una persona jurídica, incluya denominación social, NIF, datos del representante de la empresa y datos fiscales.
- Incluya información del trabajador: Por ejemplo, nombre completo del trabajador, nacionalidad, edad, DNI o NIE, entre otros.
- Añada los datos de contacto de ambas partes: Dirección, número de teléfono y correo electrónico. Puede añadirlas en ese momento o después de imprimir.
- Añada información del puesto: Establezca claramente el puesto de trabajo o cargo, el grupo profesional y las responsabilidades y funciones del trabajador.
- Indique si aplica algún convenio colectivo: Un convenio colectivo es un acuerdo negociado entre los representantes de los trabajadores (sindicatos) y los representantes de los empleadores (normalmente una asociación de empleadores o la dirección de una empresa) en el cual, se establecen las condiciones de trabajo y empleo, como salarios, horas de trabajo, condiciones de salud y seguridad, y los derechos y responsabilidades de ambas partes.
- Especifique el lugar de trabajo: Puede elegir entre un mismo centro de trabajo fijo, en varios centros de trabajos fijos, en diferentes ubicaciones, a distancia (remoto) o mixto; es decir, parte del trabajo lo hará en el centro de trabajo y parte en remoto.
- Establezca la fecha de inicio y fin: Defina la fecha de inicio de la relación laboral y, en caso sea un trabajo temporal o de duración determinada, incluya la fecha de término.
- Defina la jornada de trabajo: a tiempo completo o a tiempo parcial. Asimismo, determine las horas y horarios que trabajará el empleado por semana.
- Defina si el empleado trabajará horas extraordinarias u horas complementarias: Si es así defina el número de horas que el trabajador se compromete a realizar anualmente.
- Indique si se proporcionarán herramientas y recursos al trabajador: Por ejemplo, ordenador, teléfono móvil, vehículo de la empresa, uniformes, etc.
- Indique si se aplicará algún sistema de monitoreo y control: Por ejemplo, grabación de llamadas, sistema de registro de entrada y salida, monitoreo de emails e internet, etc.
- Defina si existe o no un periodo de prueba: Puede elegir un periodo de entre un mes a seis meses como máximo.
- Incluya detalles del salario del trabajador: Defina si es anual, mensual, diario o por hora y el monto a pagar. Además, defina si las dos pagas extras obligatorias están incluidas y prorrateadas en el salario o no. Por último, si se pagará adicionalmente algún tipo de complemento salarial. Por ejemplo, un complemento salarial por antigüedad.
- Defina si se ofrecerán beneficios sociales: Por ejemplo, tickets de comida, seguro médico privado, formación relacionada con el puesto de trabajo, etc.
- Establezca la frecuencia de pago: Si se va a pagar al trabajador cada día, cada semana, cada dos semanas, cada fin de mes y el día de pago.
- Defina el método de pago: Puede elegir pagar al trabajador con transferencia bancaria, cheque bancario o en efectivo.
- Defina el tiempo de vacaciones: 30 días naturales es el mínimo legal, pero nuestra plantilla le da la opción de elegir la cifra que usted desee.
- Incluya detalles adicionales: Defina si incluirán cláusulas adicionales como cláusulas de confidencialidad, no solicitación, no competencia, dedicación exclusiva y/o permanencia.
- Indique si desea una cláusula de Propiedad intelectual: Defina si quiere incluir una cláusula que regule quién se queda con la propiedad intelectual (derechos de autor) que el empleado pueda crear durante su trabajo.
- Indique el tiempo de aviso de renuncia: Defina el tiempo mínimo que el empleado debe notificar al empleador que va a renunciar a su puesto de trabajo.
- Especifique las políticas y procedimientos de la compañía: Por ejemplo, el código ético de la compañía.
- Añada una cláusula de derechos de imagen: Incluya una cláusula donde se obtenga el consentimiento del trabajador para utilizar las fotografías que se tomen en eventos futuros de la compañía para fines publicitarios.
- Considere cláusulas adicionales: En caso desee añadir otras cláusulas, nuestro cuestionario le permite añadirlas en esta sección.
- Firme el documento: Finalmente, ambas partes deben firmar el contrato. Es importante añadir la fecha y lugar de firma del contrato.
¿Qué hacer con el Contrato de Trabajo una vez firmado?
Una vez hayan firmado ambas partes el contrato de trabajo y cada uno tengan una copia del mismo, el empresario debe realizar ciertos trámites ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
- Inscripción de la empresa en el Sistema de la Seguridad Social
Cuando un empresario decide contratar trabajadores por primera vez, debe inscribirse como tal ante la Seguridad Social. Obtendrá un código de cuenta de cotización, que lo identificará como empresario con capacidad de contratar. Es importante realizar esta inscripción antes del inicio de la actividad.
- Afiliación del trabajador
Toda persona física que vaya a trabajar por primera vez en España debe estar incluida en el Sistema de la Seguridad Social. Entre los requisitos para dar de alta a un trabajador, se encuentra la afiliación, que consiste en el reconocimiento del ciudadano de su condición de incluido en el Sistema de Seguridad Social.
Para afiliarse, necesitan un número de la Seguridad Social que coincidirá con el número de afiliación.
La afiliación se realiza una vez en la vida, mientras que las altas y bajas en la Seguridad Social tienen lugar cada vez que la persona cambie de trabajo.
- Dar de alta al trabajador
El alta es el acto administrativo mediante el cual se constituye la relación jurídica entre el trabajador y la Seguridad Social. Las altas y bajas de los trabajadores reflejan la situación real en función de su actividad.
Es importante tomar en cuenta que, tras firmar el contrato de trabajo, todas las empresas deben dar de alta en la seguridad social a un trabajador de forma obligatoria.
El empresario tiene el deber de informar al SEPE sobre los detalles del contrato en un plazo máximo de diez días hábiles siguientes a su contratación.
Asimismo, el empresario deberá enviar o remitir al SEPE la copia básica de los contratos de trabajo, anticipadamente entregada a los representantes de los trabajadores, si existiesen. La copia básica deberá ser entregada a los representantes legales en un plazo no superior a los 10 días hábiles desde la formalización del contrato. Los representantes de los trabajadores deberán firmar la copia básica para acreditar su entrega.