Contrato de Limpieza

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Preguntas más frecuentes
¿Qué significa un precio global fijo?Un "precio global fijo" significa que el cliente deberá pagar un precio total fijo por el servicio prestado. ¿Qué significa un precio por hora?Un "precio por hora" significa que el precio total a pagar por parte del cliente dependerá del número total de horas trabajadas. Si se acuerda un precio de 10€ la hora y el servicio dura 10 horas, el precio total a pagar será de 100€.


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CONTRATO DE LIMPIEZA

Este Contrato de Limpieza (el "Contrato") es celebrado en ____________________________________, en fecha _____ de _______________ del 20_______.

REUNIDOS

____________________________________, con DNI o NIE número _________________________, y domicilio a efectos de notificaciones en _________________________________________________________________, actuando en este acto en su propio nombre y derecho. De aquí en adelante será referenciado como el "Limpiador".

-Y-

____________________________________, con DNI o NIE número _________________________, y domicilio a efectos de notificaciones en _________________________________________________________________, actuando en este acto en su propio nombre y derecho. De aquí en adelante será referenciado como el "Cliente".

Estos serán considerados individualmente como la “Parte” y conjuntamente como las “Partes”.

MANIFIESTAN

I. Que el Cliente, habiendo sido correctamente informado sobre el alcance y características de los servicios objeto del presente Contrato, está interesado en encargárselos al Limpiador.

II. Que el Limpiador, reuniendo las habilidades, cualificación y experiencia, infraestructura y materiales necesarios para poder prestar referidos servicios correctamente, está de acuerdo en prestar los mismos de conformidad con los términos y alcance definidos en este Contrato.

III. Que las Partes, previamente a la firma de este Contrato han firmado y acordado un presupuesto o documento funcional en donde se detalla con una mayor precisión los requisitos técnicos, funcionales, de calidad, alcance, y condiciones económicas de dichos servicios. Este presupuesto es incorporado al presente Contrato, formando parte inseparable del mismo, como anexo. En adelante, el “Presupuesto”. En caso de contradicción entre lo dispuesto en este Presupuesto y en el Contrato relacionado con estos requisitos técnicos, funcionales, de calidad, alcance, fases o hitos, primará lo dispuesto en el Presupuesto.

IV. Que, en virtud de lo anterior, las Partes, reconociéndose mutua y recíproca capacidad legal necesaria y suficiente para contratar y obligarse, habiendo entendido el alcance, contenido y consecuencias de las declaraciones emitidas en el presente, y tras haber llegado libre y voluntariamente a un acuerdo mutuo justo para ambas, deciden suscribir este Contrato el cual se regirá en lo sucesivo de conformidad con lo indicado en las siguientes:

CLÁUSULAS

  1. OBJETO DEL CONTRATO Y SERVICIOS A PRESTAR
  2. En virtud del presente Contrato, el Cliente se compromete a contratar al Limpiador los servicios indicados a continuación: ____________________________________________________________________________________________
    ____________________________________________________________________________________________
    ____________________________________________________________________________________________.

    De aquí en adelante serán referenciados como el "Servicio" o los "Servicios" indistintamente.

  3. El Limpiador deberá desempeñar los Servicios de manera responsable y diligente, evitando cualquier conducta negligente que pudiera causar daños o perjuicios al Cliente o a terceros, siguiendo las instrucciones del Cliente y respetando en todo caso los estándares, normativos y costumbres del sector teniendo en cuenta las circunstancias y naturaleza concretas del Servicio.
  4. En lo que respecta a la ubicación donde se prestarán los Servicios, las Partes acuerdan lo siguiente: ___________________________________________________________________________________________.
  5. En caso de que exista alguna modificación con respecto al lugar en el que se prestarán los Servicios, el Cliente se lo deberá comunicar al Limpiador con un plazo de tiempo suficiente y razonable, empleando un método de notificación fehaciente.
  6. Con carácter general, no quedarán incluidos dentro de los Servicios cualesquiera otros servicios no expresamente determinados o incluidos en este Contrato y en el Presupuesto. No obstante lo anterior, las Partes, de mutuo acuerdo, estarán habilitadas para acordar nuevos servicios y actividades. Para lo anterior será necesario el acuerdo previo, expreso y por escrito de las Partes, y en caso de variación sustancial entre los antiguos Servicios y los nuevos añadidos, se podrán modificar proporcionalmente los plazos, costes y gastos inicialmente previstos. En ese sentido, las Partes deberán llegar a un nuevo acuerdo relativo al alcance de estos nuevos servicios, así como otros aspectos importantes como los términos económicos, planificación y otros. Estas nuevas condiciones quedarán incorporadas a este Contrato como anexos.
  7. DURACIÓN DE LOS SERVICIOS
  8. Este Contrato comenzará a desplegar efectos desde el momento de su firma y continuará en vigor hasta que los Servicios sean completamente prestados, sin perjuicio de una posible terminación anticipada de conformidad con lo acordado en este Contrato. A efecto de lo anterior, la prestación del Servicio se entenderá por completada cuando el Servicio haya sido completado y finalizado de conformidad con las especificaciones incluidas en este Contrato y en el Presupuesto, atendiendo a las circunstancias y naturaleza concreta del Servicio y a las prácticas y costumbres del sector.
  9. En caso de controversia relacionado con lo anterior, las Partes se comprometen a negociar de buena fe lo anterior y resolver la controversia. En caso de no alcanzar un acuerdo, las Partes designarán de mutuo acuerdo un perito especializado en la materia que evaluará lo anterior, debiendo correr las mismas por igual con los costes que lo anterior genere. Las Partes aceptan y acuerdan que la decisión del perito será vinculante para las mismas. Si tras lo anterior, se siguiese sin encontrar una solución, se procederá a aplicar el método de resolución de conflictos incluido en este Contrato.
  10. En lo que respecta a la fecha de comienzo de los Servicios, estos comenzarán el día  ___ de ______________ del 20____. Sin perjuicio de lo anterior, las Partes acuerdan que esta fecha podrá ser flexible y que, de mutuo acuerdo, podrán determinar otra fecha concreta. Asimismo, las Partes podrán prolongar el Contrato siempre y cuando se cuente con el consentimiento por escrito de ambas Partes. De aquí en adelante el plazo o duración de los Servicios será referenciado como el “Plazo”.
  11. En lo que respecta al momento exacto o franja horaria en que tendrá lugar este Servicio de limpieza, las Partes acuerdan respetar lo indicado a continuación: ______________________________________________________________________________________.
  12. CONDICIONES ECONÓMICAS
  13. Como contraprestación por los Servicios objeto de este Contrato, el Cliente pagará al Limpiador en concepto de honorarios un precio por hora de __________€. En estos supuestos el Limpiador tendrá la obligación de documentar e ir informando periódicamente al Cliente del número de horas que han sido trabajadas. El número de horas no deberá ser injustificadamente aumentado por parte del Limpiador, y se deberá tomar como ejemplo las buenas prácticas del sector para calcular el número de horas que el Servicio debería tardar. El Limpiador deberá enviar un informe de horas trabajadas al Cliente de manera periódica, debiendo las partes acordar este plazo de mutuo acuerdo.

    De aquí en adelante será referenciado como la "Remuneración".

  14. Las cantidades indicadas no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y sobre las mismas se deberán repercutir y/o realizar las correspondientes retenciones que la normativa aplicable exigiese. Dichos impuestos o retenciones serán pagados por la Parte obligada a ello de conformidad con lo dispuesto por la normativa fiscal aplicable.
  15. En relación con el pago de la Remuneración, el Limpiador facturará al Cliente cuando los Servicios hayan sido prestados completamente.
  16. A los efectos anteriores, el Limpiador emitirá la correspondiente factura o recibo por los conceptos y plazos indicados en este Contrato, debiendo ser pagadas las mismas dentro de los 30 días siguientes a su emisión recepción. Esta factura deberá cumplir con los requisitos formales establecidos por la normativa aplicable, entre ellos: número y fecha de factura, las cantidades a cobrar correctamente desglosadas, impuestos aplicados, retenciones, y en su caso, serie, fecha de emisión, nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del Limpiador, como del Cliente, domicilio de ambas Partes, y la descripción de los Servicios. Para la emisión de la citada factura, se emplearán los datos identificativos y fiscales incluidos en el encabezado de este Contrato.
  17. La Remuneración deberá ser pagada mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta:

    i.      Titular de la cuenta: _______________________________________________________________________________________________

    ii.      Entidad bancaria: _______________________________________________________________________________________________

    iii.      IBAN: _______________________________________________________________________________________________

  18. GASTOS DURANTE EL SERVICIO Y REEMBOLSO
  19. Con carácter general, todo gasto que previsiblemente fuera necesario para poder prestar correctamente el Servicio estará incluido dentro del precio de la Remuneración. Estos gastos deberán ser razonables y estar directamente relacionados con el Servicio, en el sentido de que sin los mismos el Servicio no podría ser ejecutado correctamente.
  20. En relación con gastos extraordinarios no habituales que pudieran surgir en el marco de la prestación de los Servicios, esto es, aquellos gastos que no se puedan prever en el momento de la confección del Contrato y que surjan debido a circunstancias especiales o imprevistas, las Partes acuerdan que los mismos deberán ser asumidos por el Cliente, y en ese sentido los mismos serán devueltos de conformidad con las pautas y explicaciones indicadas a continuación: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________.
  21. A efecto de lo anterior, el Limpiador se obliga a comunicar al Cliente estos gastos tan pronto como tenga constancia de los mismos y únicamente serán rembolsados cuando todos los requisitos anteriormente citados se cumplan.
  22. DEMORA EN EL PAGO
  23. En caso de que el Cliente no pague en los plazos acordados, se cobrará un interés por demora equivalente al interés legal del dinero establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del correspondiente año. Las Partes acuerdan que estos intereses se calcularán anualmente sobre el total adeudado, y se devengarán desde el día siguiente al vencimiento del plazo de pago, siendo por tanto exigibles sin necesidad de que el Limpiador tenga que realizar un requerimiento formal al Cliente, y continuarán devengándose hasta que se haya pagado el total de lo adeudado en virtud de este Contrato.
  24. OBLIGACIONES DEL LIMPIADOR
  25. En el marco de la prestación de los Servicios, el Limpiador deberá cumplir con todas y cada una de las obligaciones incluidas en este Contrato, así como aquellas que vengan impuestas por la normativa aplicable, y, particularmente:
    1. Actuará de manera eficiente, diligente y responsable de conformidad con los estándares profesionales y prácticas generalmente aceptadas en el sector, cumpliendo en todo momento la normativa aplicable y siguiendo las instrucciones indicadas en este Contrato y aquellas indicaciones que el Cliente le proporcione en un futuro. No obstante lo anterior, el Limpiador no será responsable de los errores, defectos o demoras que tuvieran lugar en el marco de la prestación del Servicio cuando las mismas sean debidas a que la información proporcionada por el Cliente fuera falsa, o se hubiera omitido entregar una información necesaria para poder prestar el Servicio. El Limpiador no estará obligado a verificar que la información proporcionada es verídica, cierta y actualizada. La responsabilidad que pudiera derivar de lo anterior será asumida por el Cliente.
    2. Salvo que expresamente se haya acordado lo contrario en este Contrato, dispondrá y mantendrá todos los medios y recursos materiales y/o humanos que sean necesarios para que el Servicio pueda ser prestado correctamente. Cualquier incidencia imputable al Limpiador en la prestación de los Servicios, será corregida o subsanada a costa de éste en el menor plazo posible, atendiendo a su criticidad, riesgos, costes y posibles daños y perjuicios, de acuerdo con lo indicado en este Contrato.
    3. Emitirá las facturas de conformidad con los tiempos y condiciones estipulados en este Contrato.
    4. Mantendrá correctamente informado al Cliente sobre la ejecución y estado de los Servicios prestados y se compromete a mantener un correcto flujo de comunicaciones Cliente-Limpiador. En ese sentido, el Cliente podrá exigir al Limpiador el envío periódico de información y documentación sobre el estado de la ejecución de los Servicios, de cara a que pueda realizar un correcto seguimiento de los mismos.
    5. Cumplirá con los plazos y condiciones de la prestación del Servicio indicado en este Contrato.
    6. Cumplirá con las obligaciones vinculadas a protección de datos personales, y otras incluidas en este Contrato.
    7. Cumplirá con sus obligaciones fiscales, incluyendo la declaración y el pago de los impuestos aplicables, así como de la correspondiente emisión de facturas y comprobantes fiscales conforme a la normativa aplicable.
    8. Responderá frente al Cliente por incumplimiento del Contrato efectuado por sus empleados y/o subcontratados o terceros vinculados, y se compromete a tomar las medidas necesarias para subsanar tales incumplimientos. En ese sentido, el Limpiador se obliga particularmente a cumplir con las obligaciones laborales de sus empleados, y garantizar que todo su personal, entidades subcontratadas o terceros vinculados conozcan perfectamente las obligaciones y responsabilidades asumidas en virtud de este Contrato, entre otras, las relativas a las condiciones del Servicio, y al tratamiento de datos personales. Estas obligaciones deberán ser directamente trasladadas e impuestas a los mismos bajo las mismas condiciones que las acordadas en este Contrato.
    9. En caso de que el Cliente tenga la consideración de consumidor y el Limpiador de empresario o proveedor a efectos del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y otras leyes complementarias, el Limpiador deberá cumplir con todas las obligaciones y derechos a los que la citada normativa en materia de consumidores obligase.
  26. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
  27. En el marco de la prestación de los Servicios, el Cliente deberá cumplir con todas y cada una de las obligaciones incluidas en este Contrato, así como aquellas que vengan impuestas por la normativa aplicable, y, particularmente:
    1. Abonará las facturas por los Servicios prestados de conformidad con las condiciones, plazos y demás términos establecidos en este Contrato. Ante el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones de pago, la Parte incumplidora entrará, de forma automática y sin necesidad de previo requerimiento de pago por la Parte acreedora, en mora y quedará obligada al pago de las cantidades adeudadas incrementadas en el interés o cuantía aquí fijado, sin perjuicio de la reclamación que adicionalmente corresponda por los daños y perjuicios causados.
    2. Proporcionará al Limpiador toda la información y/o documentación que sea necesaria para que el Limpiador pueda prestar el Servicio correctamente y garantizará un correcto flujo de comunicación Cliente-Limpiador.
    3. Respetará el trabajo y autonomía del Limpiador, y no interferirá en su actividad profesional de manera injustificada o desproporcionada, siempre y cuando se estuvieran respetando los términos acordados en este Contrato y no se estuviera vulnerando la normativa aplicable. Sin perjuicio de lo anterior, esta obligación de respeto a la autonomía del Limpiador no exime al Cliente de su derecho de supervisar y controlar la ejecución de los Servicios encargados, siempre y cuando se realice de manera proporcional y respetuosa de conformidad con las prácticas aceptadas en el sector.
    4. Cumplirá con las obligaciones fiscales derivadas de este Contrato que le sean imputables de conformidad con la normativa aplicable.
  28. NATURALEZA DEL CONTRATO
  29. Con respecto a su relación contractual, las Partes declaran y reconocen que la relación que une a las mismas es puramente mercantil, no existiendo por tanto relación laboral alguna entre ellas. En caso de darse la circunstancia de que eventualmente personal del Limpiador se desplace a la oficina o domicilio del Cliente para prestar los Servicios, dicho personal actuará bajo la exclusiva dirección del Limpiador, no existiendo ningún tipo de relación laboral entre dicho personal y el Cliente. Las obligaciones y responsabilidades laborales con respecto a esos trabajadores recaerán única y exclusivamente sobre el Limpiador.
  30. A efecto de lo anterior el Limpiador actuará en condición de contratista autónomo y, salvo que se disponga expresamente lo contrario en este Contrato, tendrá pleno control sobre el tiempo y organización del trabajo, así como los medios y métodos utilizados, siempre y cuando se respete lo acordado en este Contrato. En ese sentido, el Limpiador trabajará de manera autónoma y no bajo la dirección del Cliente, pero será responsable de que el Servicio cumpla con los requisitos y exigencias indicadas en este Contrato.
  31. Las Partes reconocen igualmente que esta relación contractual no conllevará creación de corporación alguna, ni implica ningún tipo de asociación o colaboración entre ellas, más allá de la relación mercantil derivada de la prestación del referido Servicio.
  32. CONTRATO DE MEDIOS Y EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS
  33. En relación con la naturaleza del Servicio prestado, las Partes acuerdan y reconocen que el cumplimiento de este Contrato no estará vinculado a la consecución de un resultado concreto o específico más allá de lo expresamente acordado en este Contrato por las Partes. El Contrato suscrito no es un contrato de resultado, sino de medios. Por tanto, la correcta ejecución del Servicio no se encontrará supeditada a la consecución de un resultado concreto y específico, sino que bastará con que el Servicio haya sido prestado correctamente, de manera eficiente, diligente y responsable, siguiendo las instrucciones del Cliente, y de conformidad con lo indicado en este Contrato y respetando la normativa aplicable.
  34. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
  35. El Limpiador se compromete a contratar y mantener en vigor, durante toda la vigencia del presente Contrato, una póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier reclamación por daños y perjuicios a terceros que pueda surgir como resultado de la prestación de los Servicios bajo este Contrato. Dicha póliza de seguro deberá tener una cobertura suficiente y razonable atendiendo a la naturaleza y característica de los Servicios prestados, así como de los riesgos inherentes a los mismos. El Limpiador deberá proporcionar al Cliente prueba de que ha contratado referido seguro mediante el envío al Cliente de una copia de la póliza contratada. Esta copia deberá ser enviada al Cliente antes de que se comience con los Servicios, y cada vez que la póliza sea renovada o modificada.
  36. El cumplimiento por parte del Limpiador de las obligaciones de seguro establecidas en esta cláusula no exime al Limpiador de su responsabilidad por daños y perjuicios a terceros que surjan como resultado de la prestación de los Servicios bajo este Contrato.
  37. En caso de que el Limpiador no contrate o mantenga el seguro requerido, el Cliente tendrá derecho a contratar dicho seguro a expensas del Limpiador, y el Limpiador deberá asumir los costes derivados del pago de dichas primas, así como otros gastos relacionados con la obtención de dicho seguro.
  38. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
  39. Cada una de las Partes será responsable, en exclusiva, del cumplimiento de las obligaciones que les sean de aplicación en lo relativo a la protección de datos de carácter personal. A tal efecto, las Partes declaran y reconocen que, en el marco de la prestación de los Servicios al Cliente, el Limpiador tendrá acceso a datos personales del Cliente o de terceros relacionados con éste, siendo la ejecución del Contrato la base jurídica que legitima referido tratamiento. A los efectos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), el Limpiador tendrá la consideración de encargado del tratamiento, y el Cliente de responsable del tratamiento. Dicho tratamiento se limitará a lo estrictamente necesario para que el Limpiador pueda prestar el Servicio correctamente de conformidad con los términos y condiciones establecidos en este Contrato, siendo la correcta ejecución de los Servicios la principal finalidad de dicho tratamiento. A tal efecto, el Limpiador se obliga a tratar estos datos personales únicamente cuando sea estrictamente necesario para la correcta ejecución del Servicio, a tratar dichos datos a los únicos efectos de cumplir con dicha finalidad, seguir las indicaciones del Cliente, y respetar los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa aplicable. Entre estas obligaciones, se puede incluir, a título enunciativo, pero no limitativo:
    1. Llevar un registro de los tratamientos efectuados por cuenta del Cliente.

    2. No comunicar los datos a terceros salvo cuando se disponga del consentimiento expreso del Cliente, o en aquellos supuestos exigibles conforme a la ley aplicable.

    3. Notificar al Cliente cualquier, sin dilación indebida, y en cualquier caso dentro de las 72 horas siguientes desde su conocimiento, la existencia de posibles brechas de seguridad.

    4. Conservar los datos de manera segura, implementando medidas técnicas, organizativas y de seguridad adecuadas y suficientes.

    5. Colaborar con el Cliente ante el ejercicio de alguno de los derechos relacionados con la protección de datos personales que puedan ser ejercicios por los interesados.

    6. Devolver o destruir los datos a los que ha tenido acceso tras la prestación del Servicio.


    Lo anterior no es una lista cerrada, sino que las obligaciones concretas dependerán de la naturaleza exacta y concreta del Servicio. Adicionalmente, en caso de proceder a la subcontratación de los Servicios, estas obligaciones asumidas relacionadas con la protección de datos personales deberán ser igualmente impuestas por el Limpiador a la entidad subcontratada (subencargado del tratamiento). El Limpiador será plenamente responsable frente al Cliente por el incumplimiento de lo anterior.

  40. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL LIMPIADOR
  41. A efectos del cumplimiento de este Contrato, el Limpiador DECLARA Y GARANTIZA que:
    1. Dispone de capacidad legal necesaria y suficiente para poder contratar y, en particular, para poder celebrar este Contrato.
    2. No existe ningún impedimento de carácter legal, técnico, administrativo o financiero que imposibilite suscribir este Contrato.
    3. Cumplirá con todas las obligaciones indicadas en este Contrato y con aquellas impuestas por la normativa aplicable.
    4. Cuenta con todos los permisos, licencias y autorizaciones técnicas, administrativas y legales necesarias para prestar el Servicio, así como otras licencias o certificaciones a las que se haya obligado a obtener de conformidad con lo indicado en este Contrato. Cualquier cambio relacionado con lo anterior deberá ser comunicado imperativamente dentro de las 48 horas siguientes a que lo conozca o que razonablemente lo debiera haber conocido.
    5. Ha contratado o contratará antes de que el Servicio comience, un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que pudieran producirse en el marco de la prestación del Servicio, todo ello de conformidad con lo acordado en este Contrato. Este requisíto no será necesario cuando el Limpiador ya disponga de un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra lo anterior.
    6. Previamente a la firma de este Contrato, ha informado correctamente al Cliente sobre las características esenciales del Servicio y le ha proporcionado toda información precontractual necesaria de conformidad con la normativa aplicable.
    7. Es plenamente conocedor que este Contrato no creará ningún tipo de relación laboral entre las Partes, ni ningún tipo de asociación más allá de lo estrictamente derivado de la relación mercantil derivada de la prestación del Servicio.
    8. Dispone de los suficientes recursos y medios para poder prestar el Servicio de conformidad a las condiciones acordadas entre las Partes en este Contrato y en el Presupuesto.
    9. Todas las declaraciones y manifestaciones emitidas aquí expresadas son verídicas y ciertas.
  42. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL CLIENTE
  43. A efectos del cumplimiento de este Contrato, el Cliente DECLARA Y GARANTIZA que:
    1. Dispone de capacidad legal necesaria y suficiente para poder contratar y, en particular, para poder celebrar este Contrato.
    2. No existe ningún impedimento de carácter legal, técnico, administrativo o financiero que imposibilite suscribir este Contrato.
    3. Cumplirá con todas las obligaciones indicadas en este Contrato y con aquellas impuestas por la normativa aplicable.
    4. Dispone de suficiente capacidad económica para pagar la Remuneración y no se encuentra ni se prevé encontrar en situación de quiebra o concurso de acreedores.
    5. Ha sido correctamente informado por el Limpiador sobre las características esenciales del Servicio y acepta las mismas tal y como son definidas en este Contrato.
    6. Conoce y acepta que este Contrato es un contrato de medios y no de resultados, por lo que no se garantiza un resultado específico o concreto, sino que bastará con que se cumplan con las obligaciones aquí asumidas y se preste el Servicio de manera eficiente, responsable y diligente de acuerdo con las indicaciones aquí expresadas y respetando la normativa aplicable.
    7. Es plenamente conocedor que este Contrato no creará ningún tipo de relación laboral entre las Partes, ni ningún tipo de asociación más allá de lo estrictamente derivado de la relación mercantil derivada de la prestación del Servicio.
    8. Todas las declaraciones y manifestaciones emitidas aquí expresadas son verídicas y ciertas.
  44. NO EXCLUSIVIDAD
  45. Las Partes reconocen que este Contrato no tiene carácter exclusivo y que cualquiera de las Partes será libre, tanto durante el Plazo como tras la finalización del mismo, de contratar a terceros para la prestación de servicios similares a los acordados en este Contrato, ya sean competidores del Cliente o no. Lo anterior deberá entenderse atendiendo a la naturaleza, caracteristicas y situaciones concretas vinculadas al Servicio prestado.
  46. FUERZA MAYOR
  47. Las Partes deberán cumplir imperativamente con las obligaciones incluidas en este Contrato. No obstante lo anterior, las mismas no serán responsables del cumplimiento de lo anterior en supuestos de fuerza mayor. A efecto de lo anterior, se debe entender por causas de fuerza mayor todo suceso, imposible de prever, o que, aún previsto, sea inevitable por las Partes. Entraría dentro del supuesto de fuerza mayor aquellos hechos o acciones en donde las Partes hayan actuado de manera prudente, empleando un adecuado nivel de diligencia y frente a los cuales resultó imposible tomar las medidas necesarias para evitar que el hecho o causa se presentara.
  48. A modo enunciativo, pero no limitativo, entraría dentro de esta definición casos de inundaciones, incendios, terremotos, huracanes, explosiones, averías en planta de producción, cierre patronal, huelga, motines, disturbios civiles o militares, bloqueos, embargos, mandatos, cualquier acto u orden emitido por autoridades gubernamentales y con carácter general cualquier otros hechos o sucesos que fueron imposible de prever y/o evitar y que estén fuera de su alcance de control. Bajo ningún concepto la falta de fondos o situaciones de quiebra o bancarrota serán entendidas como casos de fuerza mayor.
  49. En caso de que una de las Partes se vea inmersa en una de estas situaciones y se vea impedida a poder cumplir con las obligaciones asumidas en este Contrato, deberá comunicárselo a la otra Parte tan pronto como tuviera conocimiento, y deberá hacer todo lo posible por tratar de solucionarlo.
  50. En caso de que la causa de fuerza mayor se mantenga en el tiempo por un periodo superior a 30 días consecutivos, o un plazo inferior cuando lo anterior provoque un daño importante a las Partes, las mismas estarán habilitadas para modificar este Contrato y pactar nuevas condiciones, o poner fin al mismo sin que lo anterior suponga un incumplimiento del Contrato. Las prestaciones objeto de este Contrato deberán ser restituidas de conformidad con lo estipulado en la normativa aplicable.
  51. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
  52. Las Partes se comprometen a cumplir con todas y cada una de las obligaciones asumidas en virtud de este Contrato durante los plazos indicados en el mismo. No obstante, las Partes estarán habilitadas para resolver el Contrato de manera anticipada en los siguientes supuestos:
    1. Ante situaciones de casos de fuerza mayor, siempre que se dieran las circunstancias expuestas en este Contrato y se cumplan con todos y cada uno de los requisitos exigidos para ello. Lo anterior no será considerado incumplimiento del Contrato y no generará indemnización de ningún tipo en favor de las Partes.
    2. Cuando las mismas así lo acuerden de mutuo acuerdo y por escrito, con los efectos que ellas determinen.
    3. Cuando la resolución del Contrato obedezca a imperativo legal o a una decisión de la autoridad administrativa competente, con los efectos que dichas normativas o autoridades determinen.
    4. Cuando una de las Partes incumpla sustancialmente este Contrato. En estos casos, la Parte no incumplidora deberá requerir por escrito a la otra Parte o Partes para la subsanación de los incumplimientos que correspondan, dándole un plazo no superior a 20 días naturales para ello. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan verificado las correcciones o subsanaciones pertinentes, la Parte no incumplidora podrá dar por finalizado el Contrato a todos los efectos o exigir su cumplimiento en los términos expuestos por el artículo 1.124 del Código Civil. La Parte perjudicada que se vea obligada a resolver el Contrato estará habilitada para ejercer cuantas acciones en derecho le asistan para reclamar los daños y perjuicios causados. A efecto de lo anterior, las Partes acuerdan que deberá ser entendido como obligación sustancial, entre otras, las siguientes: (a) impago o retraso en el abono de dos facturas o más; (b) prestación del Servicio de manera defectuosa, sin respetar los términos acordados en este Contrato y los requisitos exigidos por la normativa aplicable; (c) cuando las Partes hayan proporcionado declaraciones falsas que fueran esenciales para la suscripción de este Contrato, causando un grave perjuicio a la otra Parte; (d) incumplimiento de las obligaciones relativas a protección de datos personales, subcontratación y obligaciones esenciales restantes atendiendo a la naturaleza y circunstancias concretas del Servicio; (e) no contratar ni por tanto disponer de seguro de responsabilidad civil si así hubiera sido pactado por las Partes en este Contrato; y (f) las expresamente consideradas como tal por la normativa. La resolución del presente Contrato implicará la interrupción o cancelación de los Servicios, licencias, autorizaciones y demás derechos dimanantes del mismo, sin perjuicio de las reclamaciones que en su caso correspondan por los daños y perjuicios que lo anterior hubiera podido ocasionar. El hecho de que la Parte cumplidora no ejerza su derecho para resolver el Contrato si se diese alguna de las causas enunciadas anteriormente, no será considerada bajo ningún concepto como renuncia a este derecho.
  53. Salvo que las Partes hayan acordado expresamente lo contrario en este Contrato, o la normativa aplicable disponga imperativamente lo contrario, las obligaciones asumidas en virtud de este Contrato se darán por terminadas una vez finalizado el Contrato.
  54. SUBCONTRATACIÓN
  55. Salvo que se disponga del consentimiento previo, expreso y por escrito del Cliente, el Limpiador no podrá subcontratar, en todo o en parte, la prestación de los Servicios. En caso de que el Cliente otorgue su consentimiento para la subcontratación, el Limpiador deberá garantizar que el subcontratado asuma y cumpla con las mismas obligaciones y responsabilidades que el Limpiador tiene bajo este Contrato, incluyendo, de manera enunciativa, pero no limitativa, las relativas a los requisitos técnicos, funcionalidades y de calidad de los Servicios, la protección de datos personales, seguro de responsabilidad civil, y otras incluidas en este Contrato y en la ley aplicable. El Limpiador deberá incluir todas y cada una de estas obligaciones en el correspondiente contrato que firme con la empresa subcontratada, y será responsable de garantizar que el subcontratado cumpla con sus obligaciones y responsabilidades en virtud del contrato de subcontratación, y será directamente responsable ante el Cliente por cualquier incumplimiento o negligencia del subcontratado en la prestación de los Servicios subcontratados. El incumplimiento de lo anterior será considerado incumplimiento grave del Contrato. Al margen de lo anterior, toda subcontratación que se realice deberá cumplir con los requisitos exigidos legalmente.Limpiador. Bajo ningún concepto se podrá utilizar esta externalización de servicios con el objetivo de eludir obligaciones sociales y laborales por parte del Limpiador, y a tenor de ello, éste último será responsable por cualquier responsabilidad, obligación o sanción que se pudiese derivar fruto de esta externalización.
  56. MATERIAL Y EQUIPAMIENTO
  57. Salvo que se disponga lo contrario en este Contrato, el Limpiador deberá proporcionar a su costa todo equipamiento, accesorio, producto químico de limpieza, disolvente, uniforme de trabajo, y, con carácter general, cualquier otro suministro que sea necesario para prestar los Servicios de conformidad con los términos acordados en este Contrato.
  58. NOTIFICACIONES
  59. A efectos de notificaciones y comunicación de cualquier tipo relacionadas con la prestación del Servicio acordado en este Contrato, el Cliente podrá ser contactado en la dirección postal indicada en el encabezado de este Contrato, o a través de las siguientes vías:
    1. Nombre: ____________________________________

      Teléfono: _________________________

      Correo electrónico: _________________________

  60. A efectos de notificaciones y comunicación de cualquier tipo relacionadas con la prestación del Servicio acordado en este Contrato, el Limpiador podrá ser contactado en la dirección postal indicada en el encabezado de este Contrato, o a través de las siguientes vías:
    1. Nombre: ____________________________________

      Teléfono: ______________________________

      Correo electrónico: ______________________________

  61. A efecto de estas notificaciones, las Partes estarán habilitadas para acordar nuevas direcciones o vías de contacto. En ese sentido, si alguna de las Partes desea cambiar esta información de contacto, deberá comunicarselo fehacientemente a la otra Parte. Para cualquier información informal relativa al día a día de fruto de esta relación mercantil, las Partes podrán utilizar las vías de teléfono y correo electrónico, pero las mismas no servirán como medio fehaciente.
  62. MODIFICACIONES
  63. Cualquier modificación del Contrato sólo será vinculante si se acredita que las Partes o representantes autorizados lo han acordado expresamente por escrito.
  64. CESIÓN DEL CONTRATO
  65. El Limpiador no podrá ceder, ni voluntariamente ni por efecto de la ley, las obligaciones asumidas en este Contrato, salvo que cuente con el consentimiento previo y por escrito por parte del Cliente.
  66. ACUERDO EN SU TOTALIDAD
  67. Las Partes manifiestan y reconocen que no existen declaraciones, garantías, condiciones o acuerdos colaterales que afecten a este Contrato, a parte del mismo, salvo disposición expresa incluida en este Contrato que diga lo contrario.
  68. TÍTULOS Y EPÍGRAFES
  69. Los títulos de este Contrato han sido añadidos únicamente por conveniencia de las Partes, pero no deben tenerse en cuenta para su interpretación.
  70. DIVISA
  71. Salvo que se disponga expresamente lo contrario en este Contrato, todo importe monetario referenciado en el mismo se entiende realizado en euros (€).
  72. LEY APLICABLE Y TRIBUNAL COMPETENTE
  73. Cualquier conflicto que pueda surgir en relación con este Contrato será interpretado de conformidad con la ley del Reino de España aplicable en la materia.
  74. Las Partes se comprometen a buscar siempre de buena fe una solución amistosa ante cualquier disputa o conflicto que pudiera surgir relacionado con este Contrato, tratando de evitar en todo caso el acudir a la vía judicial o al arbitraje. Si las Partes no fueran capaces de resolver amistosamente estas disputas dentro de los 14 días siguientes al surgimiento de la disputa, las mismas acuerdan someterse de manera expresa e irrevocable a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales del domicilio del Cliente, con renuncia expresa a cualquier otra jurisdicción que le pudiera corresponder, salvo que la normativa aplicable lo impidiera.
  75. SEPARABILIDAD
  76. En caso de existir contradicción entre cualquier cláusula de este Contrato y la ley aplicable, y siempre y cuando lo dispuesto en la ley aplicable sea de aplicación imperativa, esta última prevalecerá, y las cláusulas que la contradigan se entenderán por no puestas. Adicionalmente, toda disposición normativa que por ley deba formar parte de este Contrato, se entenderá añadida al Contrato, formando parte de su contenido.
  77. La ilicitud, invalidez o ineficacia de alguna de las cláusulas de este Contrato no afectará al resto de cláusulas, las cuales seguirán vigentes y serán plenamente eficaces.
  78. CONSERVACIÓN DE DERECHOS
  79. La renuncia en cualquier momento por cualquiera de las Partes a requerir el cumplimiento a la otra Parte de una obligación prevista en este Contrato, no afectará de ningún modo a su derecho a requerir dicho cumplimiento en cualquier momento posterior, y no deberá entenderse por tanto como una renuncia total de los derechos que las Partes ostentan en virtud de este Contrato.

Y EN PRUEBA DE CONFORMIDAD Y ACEPTACIÓN, las Partes firman este Contrato el _____ de ____________ del 20______.


FIRMA DEL CLIENTE

En su condición de Cliente y en propio nombre y derecho.

Firma:


_____________________________________
____________________________________


FIRMA DEL LIMPIADOR

En su condición de Limpiador, y en propio nombre y derecho.

Firma:


____________________________________
____________________________________

Última actualización 28 de mayo de 2024

¿Qué es un Contrato de Limpieza?

Un Contrato de Limpieza es un documento en el que se establece un acuerdo de limpieza o desinfección entre un proveedor autónomo y un cliente.

El prestador o profesional autónomo de limpieza ofrece este servicio al cliente (particular o empresa) a cambio de una compensación.

El contrato debe incluir todos los términos y condiciones del servicio a prestar. Por ejemplo, una descripción detallada del servicio de limpieza a brindar, la duración, precio, forma de pago, responsabilidades y expectativas de ambas partes.

Un Contrato de Limpieza también se conoce como: 

  • Contrato de servicios de limpieza
  • Contrato de limpieza residencial
  • Contrato de limpiador o limpiadora
  • Contrato de limpieza del hogar 
  • Contrato de servicios de desinfección
  • Contrato de servicios de desinfección y limpieza
  • Contrato de aseo y limpieza
  • Contrato de limpieza industrial

Es importante recalcar que el Contrato de Limpieza es un contrato de índole mercantil. No existirá una relación laboral entre prestador autónomo y el cliente.

En caso de que esté interesado de contratar laboralmente a una empleada del hogar, deberá utilizar un Contrato de Trabajo para empleada del hogar. 

Tipos de Contratos de Limpieza

En general, los contratos de limpieza pueden variar dependiendo de las necesidades y circunstancias específicas del cliente.

Aquí hay algunos ejemplos de diferentes tipos de contratos de limpieza que se podrían utilizar atendiendo a la duración de los mismos:

  • Hasta que el servicio de limpieza sea completado: En estos supuestos el servicio se requiere hasta que el servicio de limpieza haya sido finalizado. Por ejemplo, se requiere un servicio de limpieza de las dos oficinas de una empresa. El servicio terminará cuando ambas oficinas hayan sido limpiadas.
  • Durante un periodo de tiempo determinado: En estos supuestos el servicio durará desde una fecha determinada hasta otra fecha determinada. Por ejemplo, el servicio durará desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de enero de 2024.
  • De manera continua e indefinida: En estos supuestos el servicio tendrá una fecha de comienzo, pero no tendrá una fecha de finalización predeterminada. Suele utilizarse para servicios que se prestan de manera continua e indefinida. Por ejemplo, cuando una persona va a limpiar una casa todos los domingos.

Dentro de este tipo de contratos puede incluir servicios como: limpieza de hogares particulares, limpieza de oficinas y espacios comerciales, limpieza industrial, limpieza de fin de obra, limpieza de cristales y ventanas, limpieza de comunidades de vecinos, limpieza de colegios, hospitales y otros edificios públicos, limpieza de moqueta y tapicerías, desinfección y esterilización, etc.

¿Por qué necesito un Contrato de Limpieza?

Puede utilizar un Contrato de Limpieza para documentar por escrito los tipos de limpieza que el cliente requiere y detalle de los mismos. De esta forma, las partes tendrán una prueba física de la relación existente y será más fácil resolver las posibles disputas que puedan surgir.

¿Cómo hacer un Contrato de Limpieza?

Para hacer un Contrato de Limpieza personalizado puede rellenar nuestro sencillo cuestionario y descargarlo para su uso inmediato. Siga estos simples pasos: 

1. Establezca la duración del contrato

El primero paso es establecer la duración del contrato. Nuestro formulario le permite elegir un contrato que dure hasta que el servicio de limpieza sea completado, por un tiempo determinado o por un tiempo continuo e indefinido.

2. Añada las fechas relevantes

Añada la fecha de inicio del servicio de limpieza que se estipulará en el contrato. Si es un contrato con plazo determinado, añada también la fecha de terminación.

3. Especifique la ubicación

Añada la dirección donde se prestará el servicio de limpieza. Por ejemplo, la dirección de la oficina donde se realizará la limpieza.

Si no conoce o no recuerda la dirección, habrá un espacio en blanco en el contrato donde podrá agregarla manualmente después de imprimir.

4. Describe el servicio a prestar

En esta sección se establece el alcance del trabajo. Defina claramente los trabajos que se van a hacer. Por ejemplo, limpieza de una oficina, el espacio de trabajo, baños o aseos, cocina y zonas comunes de los trabajadores.

También añada instrucciones adicionales si se requiere. Por ejemplo, el servicio deberá incluir los materiales de limpieza al igual que otros accesorios necesarios como escoba, aspiradora, paños, etc.

5. Identifica las partes involucradas

Incluya la información de contacto de ambas partes. Es importante añadir el nombre completo, DNI o NIE, teléfono, email y dirección.

Si alguna de las partes es una empresa (persona jurídica) debe añadir la denominación social y su NIF, así como el nombre completo del representante de la empresa y su DNI o NIE.

6. Establece detalles de pago

Después de definir detalladamente el servicio de limpieza que se va a realizar, debe especificar si se le pagará al proveedor de limpieza por hora, un monto global u otra forma de pago. Especifique la cantidad a pagar y la frecuencia con la que se pagará. Por ejemplo, cuando el servicio sea completado, cada mes, cada dos semanas, cada semana, etc.

También especifique si se requerirá de un anticipo antes de empezar el servicio, cuánto tiempo tendrá el cliente para pagar las facturas y la penalización en caso pague tarde.

Finalmente, decida el método de pago a utilizar para el pago. Por ejemplo, transferencia bancaria, efectivo, cheque, etc.

7. Otros términos y condiciones

Incluya cualquier otro término, condición o cláusula importante que crea que sea necesario. Nuestro Contrato de Limpieza le permite incluir las siguientes cláusulas:

  • Resolución anticipada: Defina si alguna de las partes puede finalizar anticipadamente el contrato y con cuántos días de anticipación debe comunicarlo.
  • Reembolso de gastos extraordinarios: Defina si se reembolsará algún gasto extraordinario relacionado con el trabajo de limpieza. Por ejemplo, la compra de los productos y accesorios de limpieza.
  • Cláusula de confidencialidad: Defina si desea incluir cláusulas de confidencialidad donde se proteja información confidencial del cliente. Esta obligación de confidencialidad puede durar hasta que finalice el contrato o de manera indefinida.
  • Seguro de responsabilidad civil: Defina si el limpiador deberá tener contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra daños o perjuicios a terceros.
  • Subcontratación: Defina si el limpiador podrá subcontratar algunos de los servicios encargados a un tercero.
  • Resolución de disputas: Defina cómo se resolverán las disputas y conflictos. Puede elegir resolver las disputas ante un tribunal y juzgado o ante un árbitro.
  • Cláusulas adicionales: Si desea añadir alguna otra cláusula que no haya sido abordada previamente en el cuestionario, puede añadirlo en esta sección.

8. Firmar el contrato

El último paso es firmar el documento. Ambas partes deben firmar el contrato incluyendo la fecha en que se firmó el documento y lugar donde se firmó el contrato.

Documentos relacionados:

  • Contrato de Prestación de Servicios: Un contrato en donde se establecen los términos y condiciones de un servicio que un proveedor autónomo presta a un cliente.
  • Contrato de Obra: Detalla los términos y condiciones de la ejecución de una obra que un cliente encarga a un contratista.
  • Contrato de Catering: Detalla los términos y condiciones de un servicio de catering que un proveedor autónomo presta a un cliente. Incluye la remuneración y detalles del evento.
  • Contrato de Niñera: Es un contrato mercantil que permite contratar a un tercero independiente para prestar servicios de cuidado de niños.
  • Contrato de Servicios Informáticos: Detalla los términos y condiciones de una relación mercantil entre un cliente y un proveedor IT autónomo e independiente.
  • Contrato de Consultoría: Cree un contrato entre un cliente y un consultor o asesor autónomo e independiente que regule los términos y condiciones del servicio a prestar.
  • Contrato de Trabajo: Utilice este contrato si desea contratar a una persona laboralmente (ejemplo, empleada del hogar).
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